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Recomendaciones al viajero Imprimir E-mail
Si Ud. viajará a España, tal vez encuentre útiles las siguientes recomendaciones:

I. Migratorias:

  1. Cumplir con los requisitos de ingreso a España
  2. Recordar que el plazo máximo de permanencia como turista es de 90 días corridos.
  3. El plazo anterior cuenta para todo el territorio SCHENGEN.
  4. En caso de salir y reingresar al territorio SCHENGEN durante un mismo viaje, se computan los días faltantes hasta cumplir 90 días enteros.
  5. Si ha cumplido 90 días de permanencia en el territorio SCHENGEN, deberá dejar pasar 90 días completos antes de poder reingresar.
  6. Confirme las características de su pasaje.
  7. Si el mismo vence antes de los 90 días de estancia, utilícelo para el regreso. Muchos de tales pasajes no tienen devolución ni cambio.
  8. Si desea residir o trabajar en España deberá trámitar el correspondiente visado en el Consulado de España en la República argentina.
  9. Ud. no podrá trabajar en España durante su estancia de turista.
  10. Pasado el período de turista sin abandonar el país,  Ud. estará en situación migratoria irregular, siendo pasible de sanciones y con imposibilidad de obtener empleo.
  11. Los Consulados Argentinos no disponen de recursos para financiar el repatrio de los compatriotas que no pueden solventarlo por sí mismos.


II. De Documentación:

  1. Verificar que su documentación se halle vigente.
  2. Contar con fotocopias de sus documentos y pasaje.
  3. Portar su DNI (L.C. o L.E.) argentino (puede precisarlo para reponer su pasaporte en caso de extravío o sustracción)
  4. Obtener Licencia de Conducir Internacional si tiene intención de viajar en automóvil
  5. Recordar que los niños que no viajen con ambos padres deben contar con venia de viaje. En cualquier caso es conveniente que cuenten con sus respectivas partidas de nacimiento.

III. De Seguridad:

  1. No porte todo su dinero en el mismo lugar.
  2. No guarde todos sus documentos en el mismo lugar
  3. Tenga especial cuidado de arrebatos y sustracciones en lugares turísticos de gran concentración de personas, estaciones de tren o autobús y aeropuertos.
  4. Si alquila automóvil, tenga en cuenta que los mismos suelen ser identificables, siendo blanco de hurtos.
  5. No deje pertenencias, documentación o dinero en el automóvil.

IV. Situaciones especiales:

  1. No acepte transportar objetos de ningún tipo sin seguridad absoluta de su contenido y  procedencia. No acepte pasar como propias valijas o bolsos ajenos.
  2. No confíe en versiones acerca de la supuesta "facilidad" de ingresar contrabando, ni de la "liviandad" de penas en materia de contrabando de drogas. Las penas por este tipo de delitos son severas  y de cumplimiento efectivo, sin opción al repatrio. Tenga en cuenta asimismo que es práctica extendida entre los traficantes de drogas denunciar a quienes circunstancialmente transportan estupefacientes.
  3. Si es detenido por fuerzas de seguridad o alojado en un Centro Penitenciario, solicite que se informe de tal circunstancia al Consulado.
  4. En caso de ser sometido a proceso judicial, las autoridades locales le designarán un abogado de oficio.
  5. Sin expresa autorización del detenido, las autoridades policiales, penitenciarias y judiciales no brindan información acerca de su situación. Es conveniente que el interesado se dirija al Consulado por vía telefónica o postal para cualquier solicitud de asistencia.
  6. Es importante destacar que los Cónsules no poseen facultades para intervenir en procesos judiciales o administrativos. No pueden representarlo ni designarle representante.

Mayor información acerca de funciones consulares en el siguiente enlace.




OTRAS RECOMENDACIONES GENERALES PARA VIAJEROS, DE LA CANCILLERÍA ARGENTINA:

Se mencionan a continuación algunas recomendaciones de carácter general para los ciudadanos argentinos que viajen al exterior en calidad de turistas:



Si se viaja en auto, contar con: registro o registro internacional para conducir, equipamiento obligatorio del vehículo, en caso de corresponder, autorización para conducir del dueño y cédula verde no vencida para que conduzcan terceros;

Seguros de viaje y de responsabilidad hacia terceros: Se recomienda contratar uno amplio que cubra asistencia médica y jurídica, y repatrio en caso de accidente o fallecimiento.

Para el viaje en auto, verificar que el seguro contra terceros sea válido, que se haya efectuado la extensión a terceros países y que la compañía aseguradora cuente con corresponsal en el país que se visita.

Sugerencias varias:

  1. no viajar con gran cantidad de dinero en efectivo;
  2. no descuidar el equipaje u objetos de valor, en particular en aeropuertos y   lugares de gran afluencia de público; tampoco dejarlos en el vehículo;
  3. no circular de noche o por lugares oscuros, alejados o poco transitados;         detenerse sólo en lugares públicos, iluminados y frecuentados por                otros viajeros;
  4. nunca transportar efectos de terceros y menos aún al cruzar las fronteras;
  5. contar con teléfonos de familiares o amigos en la República para                 comunicarse en caso de ser necesario, así como informar a estos últimos sobre los sitios a visitar;
  6. llevar por separado los datos de las tarjetas de créditos y de los teléfonos donde denunciar su hurto o extravío.
  7. tener presente y tomar previsiones para el pago de la tasa de embarque de     regreso al país.

Es importante contar con moneda local o divisas, para evitar problemas con el cambio.

Teniendo en cuenta que la legislacion local puede diferir de la vigente en nuestro país se recomienda, muy particularmente, tener presente y repetar las siguientes normas:

  1. de tránsito (exceso de velocidad, traspaso de vehículos, uso de cinturones de  seguridad, carteles de "pare" y "ceda el paso", cebras peatonales, encendido de luces en carreteras, estacionamiento, etc);
  2. de tenencia o consumo de estupefacientes;
  3. de consumo de bebidas alcohólicas;
  4. de tenencia o ingreso de armas.

Aspectos migratorios y aduaneros:

A fin de evitar multas y otras complicaciones futuras, exigir tanto al ingreso como al egreso del país que se visita el sellado del pasaporte o la entrega de la tarjeta migratoria con los sellos de entrada y salida;

Respetar el período de permanencia autorizado y la categoría de ingreso permitida;

Al ingresar o salir del país de destino, declarar los productos o mercaderías que se pretenda ingresar o llevar en forma permanente o temporaria;

Informarse previamente sobre los productos de ingreso prohibido o restringido (en particular, animales y medicamentos), a fin de obtener la correspondiente autorización;

Por último, en caso de ser abordado o detenido por alguna autoridad, se recomienda acatar siempre las instrucciones del oficial interviniente, sin oponer resistencia, solicitando de ser necesario dar aviso al Consulado

Se sugiere, a tal fin, averiguar antes de iniciar el viaje las direcciones y teléfonos de los consulados argentinos en los países/ciudades a visitar.

Para mayor información dirigirse a:

  1. Dirección General de Asuntos Consulares -Dirección Argentinos en el                Exterior-telefax: 4819-7885
  2. Oficina de información al público de la Cancillería: 4819-7504 y 7505
  3. Fuera del horario de oficina y para casos de extrema necesidad o urgencia:     4322-9997 y 8881
  4. Página de Cancillería en Internet: http://www.cancillería.gov.ar.
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