Los funcionarios consulares se encuentran facultados por ley, para extender en el exterior escrituras y demás actos notariales para que los mismos tengan validez en la República Argentina. Las actuaciones notariales expedidas ante los Consulados argentinos requieren el trámite de "habilitación de firma" -gratuito- en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales 819, Ciudad de Buenos Aires). A los fines de poder llevar adelante el trámite notarial ante el Consulado, resulta menester contar con Minuta correspondiente firmada por el interesado. Otra alternativa en materia notarial, es la tramitación de poderes ante Notario local. Toda vez que la República Argentina y el Reino de España son signatarios de la Convención de La Haya en materia de legalización de documentos públicos, las actuaciones privadas realizadas ante notario o escribano en ambos países tienen plena validez en el otro, cuando cuentan con Apostilla de La Haya, legalización que se realiza en los respectivos Colegios Notariales. |
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